El respeto a la
Constitución y al límite presidencial ha ganado apoyo en la población y
diversos sectores políticos y sociales.
La indefinida ha
sido la que más ha seducido a los gobernantes pues en 175 años ha permanecido
por 90
A propósito del
intenso debate que se desarrolla en el país por la intención de una nueva
reforma a la Constitución para la reelección del presidente Danilo Medina, en
175 años de la fundación de la República los cambios al modelo de duración del
periodo presidencial ha sido una práctica constante de los presidentes de turnos.
Desde el 1844 hasta el 2015 en el país se han implementado cuatro modelos de
ejercicio del Poder Ejecutivo y el que más ha permanecido en el tiempo es la
reelección indefinida que totaliza 90 años en distintos momentos históricos.
Los cuatro
modelos que ha tenido el país son, en orden cronológico: un periodo y no
reelección inmediata quedando habilitado para repostularse cuando transcurre un
periodo presidencial de por medio; un periodo y nunca más, reelección
indefinida; dos periodos consecutivos y nunca más; dos periodos y prohibido
para el tercero, pero puede repostularse cuando transcurra un mandato.
La prohibición
de la reelección quedando el presidente de turno habilitado para volver a ser
candidato figura en la Constitución del 6 de noviembre del 1844, la primera
Carta Magna de la República y se mantuvo en las reformas del 25 de febrero del
1854 y la de diciembre de ese mismo año. También en el 1874, 1875, 1877, 1878,
1963, 1994 y el 2010.
La primera
experiencia de reelección indefinida en el país fue en el 1872 y la promovió el
entonces presidente Buena Ventura Báez. Ese modelo volvió con las reformas del
1896, 1897, 1907, 1908, 1929 y la del 1966.
El modelo de dos
periodos y nunca más se implementó por primera vez en la reforma del 1879 y
1880 y volvió en el 2002 y el 2015 (es el que está vigente ahora). Un sistema
que ha sido poco promovido y que se implementó en la reforma del 1887 es el de
dos periodos consecutivos e inhabilitación pero para el periodo presidencial
siguiente.
En el debate
actual de la posible reforma ha estado presente la jubilación política que
implica para quienes ejercen la presidencia bajo el sistema americano.
¿Quiénes han
reformado la Constitución para seguir?
La Constitución de Juan Pablo Duarte proclamada el 6 de noviembre del 1844 prohibió la reelección para el periodo siguiente, según lo establecido en el artículo 98 de la primera constitución dominicana. “Ninguno pude ser reelecto Presidente de la República, sino después de un intervalo de cuatro años”, señala.
La Constitución de Juan Pablo Duarte proclamada el 6 de noviembre del 1844 prohibió la reelección para el periodo siguiente, según lo establecido en el artículo 98 de la primera constitución dominicana. “Ninguno pude ser reelecto Presidente de la República, sino después de un intervalo de cuatro años”, señala.
En las reformas
constitucionales que ha tenido el país en 175 años, Pedro Santana, el primer
presidente constitucional, impulsó el primer cambio el 25 de febrero del 1854 y
luego otra reforma en diciembre de ese mismo año. Aunque ese cambio mantuvo
prohibida la reelección, se estableció un artículo transitorio que de manera
excepcional permitía al presidente de turno presentarse a dos periodos
consecutivos y el periodo presidencial pasó de 4 a seis años cada uno.
Buenaventura
Báez en el 1872 impulsó una reforma que eliminó por primera vez en la historia
de la Constitución dominicana toda limitación a la reelección presidencial y
estableció periodos de seis años. En el 1880, Gregorio Luperón impulsó una
reforma con periodos de dos años que permitía la reelección inmediata sin la
posibilidad del retorno (dos periodos y nunca más).
En el 1887, el
entonces presidente Ulises Heureaux (Lilís) impulsó una reforma constitucional
para extender el periodo presidencial de dos a cuatro años y permitiendo una
reelección quedando inhabilitado para el periodo siguiente. En el 1896, Lilís
impulsó una nueva reforma que estableció la reelección indefinida y periodos de
cuatro años.
La reelección
indefinida permaneció hasta el 1924, pero en el 1908, el presidente Ramón
Cáceres impulsó una reforma que extendió el periodo presidencial de 4 a seis
años. En el 19924, Horacio Vásquez fue electo presidente y una reforma
constitucional posterior a su elección prohibió la reelección presidencial para
el periodo siguiente. Una interpretación constitucional le extendió dos años al
gobierno de Vásquez. En el 1929, el entonces presidente impulsó una reforma a
la Carta Magna que restableció la reelección indefinida, el presidente fue
derrocado y con su salida inició la era de Rafael Leonidas Trujillo desde el
1930 hasta el 1961. En el 1942 ese régimen impulsó una reforma que extendió el
periodo presidencial a 5 años.
Tras la caída de
Trujillo, Juan Bosch, el primer presidente electo en elecciones democráticas,
en su presidencia que inició en febrero del 1963, impulsó una reforma
constitucional que incluyó prohibir la reelección presidencial pero mantenía
habilitado para volver a quienes ejercieron ese cargo. En el 1966, con la
llegada a la Presidencia de Joaquín Balaguer, se hizo una reforma a la Carta
Magna que restableció la reelección indefinida.
Ese modelo cesó
en el 1994 tras una crisis política que incluyó una reforma para prohibir la
reelección. En el 2002 el modelo volvió a cambiar bajo la presidencia de
Hipólito Mejía, que impulsó el sistema de dos periodos y nunca más que le
permitió repostularse. Ese sistema volvió a cambiar en el 2010, cuando una
reforma impulsada por el entonces presidente Leonel Fernández prohibió la
reelección presidencial y volvió al modelo del 1994.
En el 2015, el
presidente Danilo Medina impulsó un cambio el sistema de elección para volver
al sistema del 2002, dos periodos y nunca más. Ahora hay un nuevo debate para
cambiar la Constitución y permitir la repostulación del presidente Medina.
La última reforma incluyó una disposición transitoria que impide al presidente de la República repostularse para las elecciones del 2020, pero muchos lo consideran discriminatorio.
La última reforma incluyó una disposición transitoria que impide al presidente de la República repostularse para las elecciones del 2020, pero muchos lo consideran discriminatorio.
Los límites a la
reelección
El informe sobre
los límites a la reelección presidencial que emitió en el 2017 la Comisión para
la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia), establece que hay
cinco modelos principales de límite a la reelección. El informe señala que hay
países que no tienen ningún límite que son los menos; límite a periodos
sucesivos; límite con periodos fijos (dos periodos), prohibición total a la
reelección y limitación sin números máximos para presentarse.
Cuestionado
sobre el modelo ideal de reelección, el especialista en derecho constitucional
y exmiembro de la Comisión Venecia, Angel Sóánchez Navarsostuvo que cada país
debe adotar el modelo que considere que se adapta mejor a su realidad. “No sé
cuál es el mejor sistema, pero lo que sí puedo asegurar es que en lo que no
puede estar un país es cambiando las reglas continuamente sobre su principal
elección política porque, en ese caso, no estamos generando confianza”, dijo en
una entrevista a elCaribe.
¿Qué es la
reelección presidencial?
El diccionario
electoral editado el pasado año por el Tribunal Superior Electoral (TSE) define
la reelección como un precepto político que permite a un ciudadano que ha sido
elegido para una función pública sujeta a un periodo de tiempo previamente
determinado por la Constitución y las leyes el derecho a volver a postularse y
ser nuevamente electo una o más veces para la misma posición. “En el lenguaje
político común el término reelección tiene más uso cuando se aplica a la
posible prolongación del mandato del titular del Poder Ejecutivo es decir el
presidente de la República”, puntualiza. En medio del debate que hay en el
país, sobre la reforma para permitir la reelección de Medina hay quienes han
argumentado que existe la reelección inmediata del que ocupa el cargo y la
reelección difereida, que aplica a los expresidentes.
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