El Banco Central de
la República Dominicana (BCRD) comunicó que habrá cambios en los billetes de
RD$2,000.00 y RD$200.00, de la serie 2017, así como en la moneda de RD$25,
también de la serie 2017, los cuales se implementarán sucesivamente desde el 15
de julio, reseñando que tanto los billetes indicados como la moneda coexistirán
con las denominaciones de años anteriores.
En comunicado de prensa, el BCRD explica que en lo que se refiere al billete de
RD$2,000.00, el Banco Central especifica que a partir del 15 de julio del
corriente año contendrá el isotipo con la identidad visual del BCRD, el cual
será impreso con tinta magnética ópticamente variable, presentando un efecto de
gotas y dando la sensación de arena ondulante; a la vez que, al cambiar la
posición del billete, se produce un cambio de color de verde a azul.
El BCRD indica que
el isotipo estará acompañado del valor de denominación en caracteres numéricos
y que el billete conservará las mismas medidas de seguridad que los demás del
mismo valor que actualmente circulan.
En cuanto al
billete de RD$200.00, el Banco Central señala que a partir del 15 de septiembre
de 2019 contendrá el isotipo con la identidad visual del BCRD impreso con tinta
ópticamente variable. Al cambiar de posición el billete, en el isotipo se
produce un cambio de color de rosado a verde. Irá acompañado con el valor de la
denominación en caracteres numéricos.
Otra de las
modificaciones en este caso es la variación en el tamaño de la imagen de las
hermanas Mirabal y la reubicación de sus nombres con respecto a series
anteriores a 2017.
Añade que este billete conservará las mismas medidas de seguridad que los billetes de RD$200.00 que están actualmente circulando.
Añade que este billete conservará las mismas medidas de seguridad que los billetes de RD$200.00 que están actualmente circulando.
El cambio en la
moneda de RD$25.00 se producirá a partir del 30 de septiembre del corriente
año, y consistirá en que se incorporará la inscripción Pesos Dominicanos debajo
del Escudo Nacional, en cumplimiento del Artículo 229 de la Constitución de la
República y del Artículo 25, literal c), de la Ley Monetaria y Financiera 183-02.
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